Deducción IRPF por nacimiento, adopción o acogimiento
Generalitat Valenciana · Comunitat Valenciana
600 € (1.er hijo), 750 € (2.º) y 900 € (3.º y siguientes), en el año del nacimiento y los dos siguientes
Deducción autonómica en la renta por cada hijo nacido o adoptado, aplicable durante tres años.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Residir en Comunitat Valenciana
- Tener algún hijo menor de 3 años
- Tus ingresos: como máximo 30.000 €
Plazo
Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027
Cómo solicitarla
Es una deducción autonómica del IRPF: se aplica en la declaración de la Renta, no se pide aparte. Los límites de renta se comprueban con la suma de la base liquidable general y del ahorro (casillas 0500 y 0510).
Fuentes oficiales: 1 · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Se aplica solo el año del nacimiento?
No: en nacimiento o adopción se aplica el año en que se produce y los dos siguientes. Fuente
¿Es compatible con la deducción por familia numerosa?
Sí, es compatible con las deducciones por parto múltiple, discapacidad y familia numerosa o monoparental. Fuente
¿Cómo se reparte entre los dos progenitores?
Si más de un contribuyente tiene derecho, el importe se reparte a partes iguales. Fuente
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