Ayuda a la natalidad para madres de hasta 30 años
Comunidad de Madrid (Consejería de Familia y Asuntos Sociales) · Comunidad de Madrid
500 €/mes desde la semana 21 de embarazo hasta los 2 años del hijo (hasta 14.500 € por hijo)
Ayuda mensual para embarazadas y madres de hasta 30 años con hijos menores de 2 años o adopciones, con ingresos por debajo de 30.000 €. Compatible con trabajar.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Residir en Comunidad de Madrid
- Edad: como máximo 30 años
- Empadronamiento en la comunidad: al menos 5 años
- Tus ingresos: como máximo 30.000 €
- Tener algún hijo menor de 2 años
Plazo
Plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. Se pide todo el año, mientras haya crédito
Cómo solicitarla
Se pide en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid con firma electrónica, o en papel (si no se está obligado a la vía electrónica) en oficinas de registro, ayuntamientos o por correo. Se puede pedir desde la semana 21 de embarazo, con hijos menores de 24 meses o tras una adopción. Ir al trámite →
Pasos
- Preparar la documentación
- Acceder a la solicitud electrónica y rellenar el formulario (queda como borrador en Mis Gestiones)
- Adjuntar los documentos, firmar y enviar
- Seguir el expediente en Mis Gestiones de la Cuenta Digital
Documentos que piden
- Certificados de empadronamiento histórico y actual (no vale el volante)
- Embarazadas: informe médico de haber iniciado la semana 21, con edad gestacional, fecha prevista de parto, número de fetos y firma y número de colegiado
- Madres: certificado de nacimiento o de registro individual (en los 3 meses siguientes al parto)
- Adopción: certificado de inscripción de la adopción en el Registro Civil o libro de familia
- Certificado de IRPF o negativo de renta, si no se autoriza su consulta
- NIF, NIE o TIE si se opone a su consulta
Ten en cuenta
- El cobro depende de la publicación del crédito presupuestario disponible.
- Silencio desestimatorio: si no hay resolución en tres meses, se entiende denegada.
Fuentes oficiales: 1, 2 · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
Si cumplo 31 años mientras la cobro, ¿la pierdo?
No: la edad es el único requisito que no hay que mantener durante todo el periodo de percepción. Fuente
¿Qué pasa si me mudo a otra comunidad autónoma?
Hay que mantener la residencia en la Comunidad de Madrid mientras se cobra; si te trasladas debes informar para calcular los periodos que ya no corresponden. Fuente
¿Puede pedirla un padre con la custodia exclusiva?
Sí, el padre de un niño menor de 24 meses con guarda y custodia exclusiva puede solicitarla si cumple los demás requisitos. Fuente
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