Bono Alquiler Joven (Baleares)
Conselleria de Vivienda (Govern balear) · Illes Balears
250 €/mes, máximo 24 meses
Ayuda al alquiler para jóvenes. Convocatoria anual en el BOIB; no es retroactiva.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Residir en Illes Balears
- Edad: entre 18 y 35 años
- Vivienda: alquiler
- Alquiler mensual: como máximo 900 €
- Ingresos del hogar: como máximo 3 veces el IPREM (25.200 €)
Plazo
Plazo cerrado el 30 de septiembre de 2026. Cerrado. Cubre 2026-2027; no es retroactivo
Cómo solicitarla
Solicitud individual (cada joven titular presenta la suya), preferentemente telemática en la sede electrónica de la CAIB con DNI electrónico o certificado digital. Las personas físicas también pueden presentarla en papel en una oficina de registro o por correo postal. El plazo 2026-2027 fue del 1 al 30 de septiembre de 2026. Ir al trámite →
Documentos que piden
- Solicitud y anexo 2 (declaración responsable); anexo 1 firmado por los convivientes mayores de 18 años si se alquila vivienda
- Anexo 4 si el pago es inferior al del contrato o hay conceptos no desglosados
- Contrato de alquiler o cesión de uso en vigor
- Justificantes de pago de la renta
- Contrato de trabajo de los últimos 6 meses o alta de actividad si es autónomo
- Resolución de la prestación social, si se cobra
- Vida laboral actualizada
- Certificado de titularidad bancaria
- Certificado de empadronamiento con fecha de alta y, en vivienda, certificado de convivencia
Ten en cuenta
- Si se presentan varias solicitudes, solo se tiene en cuenta la última.
- Las ayudas se adjudican por orden de entrada de expedientes completos.
- Tras la concesión hay que presentar los recibos en los periodos fijados; los presentados fuera de plazo pierden el derecho a subvención.
Fuentes oficiales: 1, 2 · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?
No es compatible con otras ayudas al alquiler de ninguna administración, salvo para beneficiarios especialmente vulnerables y perceptores de pensiones no contributivas o del IMV; en esos casos la suma no puede superar la mensualidad del alquiler. Fuente
¿Qué meses cubre la convocatoria 2026-2027?
Hasta 24 mensualidades de contratos vigentes entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027; con la solicitud se aportan los recibos de enero a agosto de 2026. Fuente
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