GariolAyudas

Deducción por maternidad

Agencia Tributaria · Estatal

Hasta 100 €/mes por hijo menor de 3 + 1.000 € por guardería

Deducción en el IRPF, cobrable por adelantado.

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Requisitos principales

Plazo

Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta o cobrándola por adelantado (modelo 140)

Cómo solicitarla

De dos formas: en la declaración de la Renta, o cobrándola por adelantado cada mes con el modelo 140, que se presenta en la sede electrónica de la AEAT. Ir al trámite →

Pasos

  1. Presentar el modelo 140 para pedir el abono anticipado, o aplicar la deducción en la declaración de la Renta
  2. Si cobras por adelantado, declarar igualmente el abono en la Renta

Documentos que piden

Ten en cuenta

Fuentes oficiales: 1, 2, 3 · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Puede aplicarla el padre?

Sí, el padre o tutor puede aplicarla si fallece la madre o si se le atribuye en exclusiva la guarda y custodia, cumpliendo los demás requisitos. Fuente

¿Hay que pedir el abono anticipado cada año?

No. Si ya lo cobras no tienes que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo; se sigue cobrando hasta que cumpla tres años, aunque hay que comunicar en 15 días naturales los cambios que afecten al cobro (modelo 140). Fuente

¿Es compatible con el complemento de ayuda para la infancia (CAPI)?

No se aplica en los meses en que alguno de los progenitores cobra el CAPI, salvo que ya tuviera derecho a la deducción antes del 1 de enero de 2023. Fuente

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