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Deducción IRPF por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos (Aragón)

Gobierno de Aragón · Aragón

500 € por hijo (600 € si la base imponible menos mínimos no supera 21.000 € individual / 35.000 € conjunta). En núcleos rurales despoblados: 600 € / 720 €.

Deducción autonómica en la Renta del año en que nace o se adopta el tercer hijo o siguientes.

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Requisitos principales

Plazo

Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027

Cómo solicitarla

Se aplica al presentar la declaración de la Renta (IRPF) del ejercicio, en el apartado de deducciones autonómicas. Los requisitos y límites son los que recoge el Manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria.

Fuentes oficiales: 1 · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Se puede aplicar en años posteriores al nacimiento?

No, únicamente en el período impositivo en el que se produce el nacimiento o la adopción. Fuente

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